Resolución de 25 de mayo de 2026, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, de la Consellería de Justicia, Transparencia y Participación, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia que superó el pro…
Publicado en el BOE (Boletín Oficial del Estado) el 08/06/2026. Referencia: BOE-A-2026-12343. Organismo: Comunitat Valenciana. Epígrafe: Destinos. Texto oficial: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-12343
Vista previa del contenido
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 139 Lunes 8 de junio de 2026 Sec. II.B. Pág. 78379 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos COMUNITAT VALENCIANA 12343 Resolución de 25 de mayo de 2026, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, de la Consellería de Justicia, Transparencia y Participación, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia que superó el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre. De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en las oficinas judiciales que se relacionan en anexo I al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (turno libre), nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 25 de mayo de 2026, teniendo en cuenta lo siguiente: Primero. Las personas funcionarias del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia a las que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tal efecto, el documento de toma de posesión (F1T) así como el Acta de Juramento o Promesa de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, serán remitidos a la carpeta ciudadana de los interesados que deberán proceder a firmar electrónicamente ambos documentos y remitir una copia, en formato PDF, a la dirección de correo [email protected]. Las personas funcionarias destinadas en virtud de esta resolución, que pertenezcan ya como titulares al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, debiendo remitir a la dirección de correo electrónico [email protected], dentro del plazo posesorio, el anexo II de esta resolución indicando que ejercen dicha opción al objeto de que se les declare en situación de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del personal de la Administración de Justicia. Tercero. En caso de que las personas funcionarias optaren por ingresar en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y quisieran evitar un vacío en la …