Resolución de 6 de junio de 2025, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en Oficinas Judiciales, en los partidos judiciales de El Ejido …
Publicado en el BOE (Boletín Oficial del Estado) el 13/06/2025. Referencia: BOE-A-2025-11907. Organismo: Comunidad Autónoma De Andalucía. Epígrafe: Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. Texto oficial: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-11907
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 142 Viernes 13 de junio de 2025 Sec. II.B. Pág. 77276 II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA 11907 Resolución de 6 de junio de 2025, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en Oficinas Judiciales, en los partidos judiciales de El Ejido y Vélez-Málaga. La disposición transitoria cuarta de la Ley 19/2003, de la Ley 19/2003, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, establece que las Comunidades Autónomas con competencias asumidas aprobarán las relaciones de puestos de trabajo y procederán al acoplamiento del personal funcionario con destino definitivo en el ámbito territorial correspondiente. En dicha relación de puestos de trabajo de las Oficinas Judiciales del ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se recogen diversos puestos singularizados cuya forma de provisión es el sistema de concurso específico, en los términos recogidos en los artículos 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. El concurso específico consta de dos fases. La primera, de comprobación y valoración de los méritos generales. La segunda, de valoración de los méritos específicos. Para la valoración de las aptitudes concretas de la segunda fase el referido reglamento faculta la posibilidad de establecer la elaboración de memorias o la celebración de entrevistas que deberán especificarse necesariamente en la convocatoria. La presente convocatoria no prevé la elaboración de memorias o la celebración de entrevistas, sin perjuicio de que puedan exigirse en futuras convocatorias. En virtud de todo lo expuesto, previa negociación con las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial del personal al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía, y en el uso de las competencias conferidas por el Decreto 1/2014, de 14 de enero, por el que se regula la organización y estructura de las Oficinas Judicial y Fiscal en Andalucía, así como por el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías y el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, resuelvo: Objeto. 1. La presente convocatoria tiene por objeto la provisión por el sistema de concurso específico, de la relación de puestos incluidos en el anexo I de esta convocatoria, en el que constan sus requisitos y se indica el complemento general del puesto, el complemento específico, el Cuerpo al que está adscrito, y los méritos específicos. 2. La descripción de los puestos, las especificaciones derivadas de la naturaleza de la función encomendada y la relación de las principales tareas se encuentra descrita en la Orden de 22 de mayo de 2025, por la que se acuerda el diseño …